Publicado el 26 de junio de 2010
La condena del Coronel (r) Alfonso Plazas y su reclusión carcelaria, a nuestro juicio, son violatorias del Derecho Penal Nacional e Internacional, ya que no se logró probar su culpabilidad y además no se le juzgó conforme a la ley vigente cuando comandó la retoma del Palacio de Justicia, cumpliendo, así, con su deber constitucional e ineludible de defender las instituciones.
EL COLOMBIANO Medellín Publicado el 26 de junio de 2010
No sólo nos parece injusta la condena del Coronel (r) Alfonso Plazas Vega sino su reclusión carcelaria, ya que a nuestro juicio este proceso es violatorio del Derecho Penal Nacional e Internacional, pues no se demostró su culpabilidad por el delito de desaparición forzada de personas, crimen que además no existía en la legislación colombiana al momento de la toma y retoma del Palacio de Justicia, el 6 y 7 de noviembre de 1985.
Esta sentencia puede conducir a una desmotivación de la Fuerza Pública, que ve cómo, 25 años después, se le aplican normas de nuevos Códigos, algo totalmente violatorio de la Convención Americana de Derechos Humanos, que señala: "nadie puede ser condenado por acciones u omisiones que en el momento de cometerse no fueran delitos según el derecho aplicable". Y el Código Penal vigente en 1985 no tipificaba el delito de desaparición forzada.
También consideramos contraria a derecho la condena de 30 años de prisión por el delito de desaparición forzada agravada, porque no está probado que fuera Plazas quien diera la orden de desaparecer a algunos de los sobrevivientes o que conociera de alguna orden en tal sentido y que, pudiendo evitarla, no lo hubiera hecho. ¡Qué vergüenza de sentencia!
Esta sentencia fue apelada por la defensa del Coronel (r) Plazas ante el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, del que esperamos toda la sabiduría para que este Coronel sea juzgado conforme a la ley, y no a intereses ajenos a la verdad.
Los colombianos no queremos una politización de la Justicia sino unos jueces que sepan interpretar las circunstancias de tiempo, modo y lugar en que se dio el Holocausto. Los magistrados tampoco podrán desconocer que la ley penal sólo es retroactiva en los aspectos favorables al acusado.
No debe olvidarse que fue el M-19 el causante de la peor tragedia que haya vivido la Justicia de Colombia en toda su historia. Y a pesar de ello la sociedad fue generosa y le otorgó el indulto al grupo subversivo. ¿Por qué entonces se pretende ahora imponer un trato discriminatorio y enviar a la cárcel a quienes estaban repeliendo los ataques? ¿Por qué no recuerdan también que, gracias a la acción de las Fuerzas Armadas, cientos de personas salvaron sus vidas a pesar del asalto guerrillero?
Hay que recalcar que la motivación del M-19 para la toma del Palacio no fue ninguna causa altruista en bien del pueblo por el que decían luchar. No. Su interés era suspender la extradición. La Comisión de la Verdad creada en 2005 demostró cómo el llamado cartel de Medellín, le pagó dos millones de dólares al grupo guerrillero con el fin de destruir los procesos contra los denominados extraditables, como en efecto sucedió.
Y si bien nunca dejaremos de lamentar la muerte y desaparición de las víctimas inocentes que dejaron estos luctuosos hechos, no estamos de acuerdo con hacer responsables a los servidores de la Patria, que no tenían otra alternativa sino la de defender la institucionalidad de la cruenta embestida de la guerrilla.
¿Dónde queda la responsabilidad del M-19? ¿Serían capaces sus antiguos miembros de renunciar al indulto, a los altos cargos que algunos ejercen desde su reinserción a la vida civil y someterse a procesos judiciales como el que se le sigue al Coronel Plazas?
En esa búsqueda de la verdad sobre lo ocurrido en el Palacio de Justicia, la comunidad debería exigir igualdad en el tratamiento de los procesos y en la aplicación de la ley. Es injusto tener dos raseros divergentes: uno, que posibilita el perdón y el indulto para los guerrilleros; y otro, que condena y lleva a la cárcel a los servidores de la Patria. ¡No hay derecho!
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